La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional el aumento del 5,71% que recibieron los jubilados y demás beneficiaros sociales en marzo de 2018 de acuerdo a la nueva ley de movilidad.
En otro fallo desfavorable para el Gobierno, la Cámara Federal de la Seguridad Social -esta vez de la Sala I- declaró inconstitucional el aumento del 5,71% que recibieron los jubilados y demás beneficiaros sociales en marzo de 2018, de acuerdo a la nueva ley de movilidad. Además, ordenó que se aplique la fórmula de movilidad anterior, que se calculó en el 14,5%, porque las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiva.
La nueva ley de movilidad fue aprobada por el Congreso en diciembre de 2017, cuando faltaban tan solo dos días para el cierre del cálculo del reajuste según la fórmula anterior. Esta reglamentación “retrotrajo” el cierre a septiembre de 2017 “produciéndose así un atraso de seis meses en el período de referencia, y diferiéndose el último trimestre para el aumento correspondiente a junio de ese año”, señaló la sentencia de segunda instancia.
En la misma línea, el fallo aseveró que esta diferencia en contra de los jubilados “pretendió ser zanjada con un subsidio extraordinario por única vez” que fue recibido por aquellos que ganaban menos de $ 10.000. Y agregó: “Claramente, dicho subsidio extraordinario no alcanza a paliar el gravamen producido”.
En consecuencia, los camaristas afirmaron que “la aplicación retroactiva antes aludida vulnera los principios de progresividad y de no regresividad de los Derechos económicos, sociales y culturales, consagrados en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos”.
Fuente: Miércoles 20 de Marzo de 2019 ( El destape)