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El EPRE no permitirá que usuarios paguen intereses punitorios

La medida es para hacer frente a los numerosos reclamos realizados por los altos incrementos en la facturas de luz que originó importantes deudas.



En la mañana de hoy, fue publicada una resolución emitida por el EPRE, donde se determina que a partir del  lunes 7 de octubre la empresa proveedora de energía que no podrán cobrar intereses punitorios a usuarios morosos. Es decir los intereses sobre las deudas refinanciadas.

La medida tiene como objetivo reducir los intereses de los consumidores que se atrasaron en el pago de la boletas de la luz y se vieron obligados a realizar un plan de pago para salir del paso y tiene en cuenta el préstamo a tasa bajísima que le otorgó el Gobierno de San Juan a Energía San Juan para poder pagar la deuda de seis meses que tenía con CAMMESA por no pagar.

La resolución establece:

ARTÍCULO 1º: Establécese como Tasa de Interés según disposiciones en Artículo 9º del Régimen de Suministro del Servicio Público de Distribución de Electricidad en la Provincia de San Juan, idéntica Tasa de Interés a la que surge del préstamo contraído por Energía San Juan S.A. en el marco del Convenio aprobado por Resolución E.P.R.E. Nº 580/19.

ARTÍCULO 2º: Energía San Juan S.A. y D.E.C.S.A. no deberán incluir “Recargo Punitorio”, en todas aquellas facturaciones emitidas a partir de la comunicación de la presente, cuando las facturas que justificaran el referido recargo incluyan el beneficio de la Tarifa Social Provincial Ley Nº 1884-A.

ARTÍCULO 3º: En los planes de financiación de facturas en mora, suscritos con Usuarios del Servicio Público de Distribución de Electricidad, Energía San Juan S.A. y D.E.C.S.A. deberán aplicar idéntica Tasa de Interés a la del préstamo contraído por Energía San Juan S.A. en el marco de las disposiciones del Convenio aprobado por Resolución E.P.R.E. Nº 580/19, considerando a su vez lo dispuesto en el Artículo 4º de la presente Resolución.