El gobierno habilitó hoy a la Cámara de Diputados a sancionar un artículo de la ley: los consumos hechos en dólares antes de la sanción no abonen el 30% del impuesto fijado.
El artículo que será modificado es el 40. Anteriormente, el Gobierno había establecido que los impuestos debían pagarse aunque la ley todavía no haya sido promulgada. Ahora, como parte del acuerdo político con la oposición para que la ley se apruebe sin mayores inconvenientes, se modificará el artículo para que el impuesto del 30% a los consumos en moneda extranjera excluya a las transacciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley.