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Desde este lunes 20 de Julio, el IPV habilitará nuevamente las inscripciones

A partir de este lunes 20 de Julio, el Instituto Provincial de la Vivienda habilitará nuevamente la posibilidad de inscribirse por primera vez en el padrón del IPV. Debido a la cuarentena, estos trámites no se realizaban debido a la atención en el Centro Cívico con metodología de guardias mínimas.



Para realizar este trámite, es obligatorio contar con un turno gestionado a través del portal turnos.sanjuan.gob.ar. Es decir que quienes no cuenten con dicho turno online previo, no serán atendidos.

Cómo sacar un turno

  1. Ingresá al portal web de turnos.
  2. Completá tu DNI y hace clic en “buscar”
  3. Una vez cargado tu DNI, ingresá tu correo electrónico y número de celular. Luego seleccioná el CAPTCHA y hacé clic en «siguiente» para continuar el proceso de solicitud del turno
  4. En el menú desplegable seleccioná la opción “Instituto Provincial de la Vivienda- Inscripción” y hace click en “siguiente”.
  5. En el menú desplegable, seleccioná “Inscripción” y hace clic en “siguiente”.
  6. Seleccioná la fecha y horario en el que deseás realizar el trámite y hace clic en “siguiente”.
  7. ¡Listo! Recibirás la confirmación de tu turno por mensaje de texto y en la dirección de correo que completaste anteriormente.

Requisitos para inscribirse en el IPV

Para inscribirse en el IPV es necesario contar con grupo familiar y no poseer un terreno y/o inmueble a nombre de ninguno de los inscriptos.

Previa a la inscripción se realizará una verificación de bienes en el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), en caso de figurar algún bien en ese sistema, se solicitará el informe del registro de la propiedad.

  • DNI original de todo el grupo familiar
  • En caso de discapacidad, presentar certificado expedido por la Dirección de Discapacidad
  • En caso de pertenecer a las fuerzas de seguridad (policía o servicio penitenciario), presentar credencial que lo acredite
  • En caso de ser ex combatiente de Malvinas, presentar certificado otorgado por el Ministerio del Interior
  • Acta de Matrimonio y en caso de concubinos, presentar certificado de unión convivencial
  • Acreditación de ingresos del grupo familiar