La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la demanda contra el decreto de necesidad y urgencia 241/2021 que, para mitigar la segunda ola de coronavirus, suspendió las clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
En su resolución, el máximo tribunal concluyó que, con el artículo 2 del DNU 241/2021, “se violó la autonomía” de la Ciudad. Expertos, infectólogos y el Ministerio de Salud advirtieron sobre el riesgo que representa que las clases permanezcan presenciales por la movilidad que representa, en plena segunda ola de coronavirus.
La sentencia de la Corte Suprema es unánime en cuanto a la decisión de hacer lugar a la demanda reconociendo que, en el caso «se violó la autonomía de la CABA». En tanto, la jueza Elena Highton de Nolasco se abstuvo.
En sus conclusiones, el máximo tribunal resolvieron que la Ciudad de Buenos Aires y las provincias «pueden regular la apertura de las escuelas conforme con las disposiciones de la Ley 26.606 y la resolución 387/21 del Consejo Federal de educación, priorizando la apertura y la reanudación de las clases presenciales».
Además, aclararon que «el Estado Nacional sólo puede regular el ejercicio del derecho a la educación de modo concurrente con las Provincias (Ley 26.606), estableciendo las bases (CS. Fallos: 340:1795, consid 15), pero no puede, normalmente, sustituirlas, ni decidir de modo autónomo apartándose del régimen legal vigente (ley 26.606)».