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Alberto Fernandez confirmó la continuidad de las restricciones hasta el 25 de junio

El Gobierno nacional prorrogará hasta el próximo 25 de junio el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 287, publicado el pasado 1 de mayo, que dispone un semáforo epidemiológico para establecer las medidas a aplicar frente a la pandemia del coronavirus.



El Gobierno nacional prorrogará este viernes hasta el próximo 25 de junio el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 287, publicado el pasado 1 de mayo, que dispone un semáforo epidemiológico para establecer las medidas a aplicar frente a la pandemia del coronavirus.

En el decreto 287 se establecieron cuatro fases sanitarias de acuerdo a un semáforo epidemiológico: zonas de bajo riesgo, de riesgo medio, de alto riesgo y de alarma.

De acuerdo a esta normativa, las zonas que se encuentren en alarma epidemiológica deberán tener restringida la circulación nocturna, prohibir las reuniones sociales y suspender las clases presenciales.

En el artículo tercero, se puntualizan los parámetros que se utilizarán para definir el riesgo epidemiológico y sanitario que regirá para los distritos «de más de más de 40.000 habitantes y los grandes aglomerados urbanos».

Los distritos serán considerados de riesgo epidemiológico sanitario bajo si el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días es «inferior a cero coma ocho (0,8)», mientras que serán definidos de riesgo medio cuando «se encuentre entre cero coma ocho (0,8) y uno coma dos (1,2)».

En tanto, pasarán a ser considerados distritos de alto riesgo cuando el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días «sea superior a uno coma veinte (1,20)».

El DNU establece que los grandes aglomerados urbanos, de más de 300.000 habitantes, serán considerados en «situación de alarma epidemiológica y sanitaria» cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes «sea igual o superior a quinientos (500) y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al ochenta por ciento (80 %)».

«La autoridad sanitaria nacional podrá modificar, en forma fundada, los parámetros previstos en este artículo, de acuerdo a la evolución epidemiológica y sanitaria», aclara en decreto.

Entre las principales restricciones fijadas en la normativa se establecen: la suspensión de los viajes grupales de Egresados, de Estudio y de Grupos Turísticos; de las reuniones sociales de más de 10 personas; de las clases presenciales en zonas de alto riesgo; los deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas; y casinos, bingos, discotecas y salones de fiesta.

Asimismo, se mantiene la prohibición de circular entre las 20:00 y las 6:00, así como los bares y restaurantes deben cerrar a partir de las 23:00.

Viernes 11 de junio de 2021 Noticias Argentinas